El sandbox llega a España: la oportunidad definitiva para situarnos a la vanguardia del fintech

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El pasado 14 de noviembre se publico en el Boletín Oficial del Estado la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero, también conocida como “Ley Sandbox”.

Dicha Ley comporta la creación de lo que se denomina como un “regulatory sandbox” y supone un importante avance en el marco regulatorio de la innovación financiera en España.

El sandbox nace con la intención de coordinar las necesidades de innovación y desarrollo del sector con las actividades supervisoras y la protección de los clientes mediante la creación de un espacio controlado de pruebas.

La aprobación de la Ley Sandbox supone, en definitiva, la materialización de un marco regulatorio largamente reclamado por el sector de las fintechs y cuenta con un amplio apoyo de la industria, tanto bancaria como fintech e insurtech, que ve en esta herramienta un catalizador de la innovación en el sector.

 

🔶 A continuación, expondremos los aspectos más destacados de la regulación introducida en España con la aprobación de la Ley Sandbox y cuál es su importancia en el marco competitivo del sector financiero.

 

👉En realidad, ¿qué es el sandbox?

 

El sandbox es, en palabras del Financial Stability Board, un conjunto de disposiciones que amparan la realización controlada y delimitada de pruebas dentro de un proyecto que puede aportar una innovación financiera de base tecnológica aplicable en el sistema financiero.

Dicha innovación financiera se define como aquella que pueda dar lugar a nuevos modelos de negocio, aplicaciones, procesos o productos con incidencia sobre los mercados financieros, la prestación de todo tipo de servicios financieros y complementarios o el desempeño de las funciones públicas en el ámbito financiero.

Dicho con otras palabras, el sandbox vendría a ser un “banco de pruebas” para que las empresas del sector fintech experimenten con nuevos servicios financieros en un entorno seguro y bajo la supervisión del regulador.

La innovación en el sistema financiero es una apuesta por el progreso y la eficiencia, bajo la condición de asegurar la protección de los consumidores en todo momento. El sandbox es, por tanto, la herramienta idónea para ello y una gran oportunidad para las entidades financieras que buscan, ahora más que nunca, diferenciarse con productos o servicios basados en la tecnología que aportan valor añadido al consumidor, así como un instrumento muy interesante para mejorar la supervisión y también para acompasar la legislación financiera con la transformación digital.

 

👉¿Qué implicaciones tiene la puesta en marcha del sandbox?

 

La transformación digital de la economía es un fenómeno imparable y está suponiendo un cambio estructural a nivel global que exige una implicación activa de los poderes públicos.

Es evidente que en ese contexto de competencia global la política financiera tiene que adaptarse para impulsar la innovación al tiempo que se garantizan los demás objetivos de política pública de forma que se pueda hacer compatible la transformación digital con un adecuado nivel de protección al consumidor de servicios financieros, la estabilidad financiera y la integridad en los mercados.

Con la aprobación del sandbox, España se sitúa por fin como uno de los países de referencia en el ámbito de la regulación fintech logrando con ello un doble beneficio: (i) por un lado, animar la atracción y mantenimiento del talento nacional e internacional y (ii) por otro, facilitar la inversión y abrir la puerta a que las entidades financieras y de capital riego puedan invertir en ‘startups’ y colaborar con ellas.

Proyectos basados en tecnologías emergentes como la inteligencia artificial, el ‘big data’ y ‘blockchain’, así como modelos de negocio innovadores que proponen nuevas formas de relación entre el cliente y la empresa, podrán beneficiarse de un “terreno de pruebas” en el que, temporalmente y bajo una cuidadosa supervisión, las startups podrán realizar pruebas reales con estos proyectos.

Como muestra de la importancia, según los cálculos de la Asociación Española de Fintech e Insurtech (AEFI), se estima que la creación del sandbox impulsará la creación de unos 5.000 empleos directos en el Fintech y atraerá 1.000 millones de inversión adicional en dos años.

 

👉¿Qué objetivos se persiguen con la implementación del sandbox?

 

La creación del sandbox persigue básicamente dos objetivos:

(i) Por un lado, facilitar que el sector innovador de las fintechs españolas contribuya a lograr un mejor acceso a la financiación de los sectores productivos, unos servicios financieros más eficientes y una mayor captación de talento en un entorno internacional altamente competitivo, todo ello dentro de un espacio controlado, seguro para los participantes y para el conjunto del sistema financiero, en el que los potenciales riesgos han sido debidamente mitigados o eliminados; y

(ii) Por otro lado, ser un instrumento regulador y supervisor que permita conocer los desarrollos y potenciales efectos de la transformación digital en la prestación de servicios financieros y en los bienes a proteger dentro del sistema financiero, en particular la protección a los usuarios y la estabilidad financiera.

En definitiva, lo que se persigue con la puesta en marcha de esta Ley es establecer un instrumento para acompasar la legislación financiera con la transformación digital y mejorar la supervisión.

 

👉¿Cuáles son los aspectos más relevantes que integran el sandbox?

 

El sandbox se asienta, fundamentalmente, sobre tres pilares:

 

(i) Espacio controlado: se trata de un espacio seguro para los participantes y sin riesgo para el conjunto del sistema financiero en el que los proyectos piloto y las pruebas propuestas dentro de tales proyectos no se encontrarán sujetas a la legislación específica aplicable a la prestación habitual de servicios financieros (si bien la participación en el sandbox será compatible con la protección de datos de carácter personal, la protección a los usuarios de servicios financieros y la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo).

(ii) Instrumento supervisor: permitirá conocer los desarrollos y potenciales efectos de la transformación digital en la prestación de servicios financieros, lo que situará a las autoridades en mejor posición para la comprensión de las implicaciones de la transformación digital, así como mejorar el control del cumplimiento de la legislación vigente

(iii) Esquema ley-protocolo: el marco regulatorio que se aplicará al espacio controlado de pruebas estará formado por las previsiones sobre dicho espacio contempladas en la Ley Sandbox – que regula el marco general, incluyendo derechos y obligaciones que garantizan que el espacio es completamente seguro – por un protocolo de pruebas que contiene el régimen concreto en que se llevará a cabo cada prueba y que suscribirán las autoridades encargadas del seguimiento de las pruebas y los promotores del proyecto.

 

👉¿Qué tipo de proyectos podrán acceder al sandbox?

 

Podrán acceder al sandbox aquellos proyectos que aporten una innovación de base tecnológica aplicable en el sistema financiero y que se encuentren suficientemente avanzados para probarse.

Asimismo, los proyectos innovadores deberán aportar, a criterio de las autoridades competentes, una potencial utilidad o un valor añadido sobre los usos ya existentes en, al menos, uno de los siguientes aspectos:

 

🔹 facilitar el cumplimiento normativo mediante la mejora u homogeneización de procesos u otros instrumentos;

🔹 suponer un beneficio para los usuarios de servicios financieros en términos de reducción de los costes, de mejora de la calidad o de las condiciones de acceso y disponibilidad de la prestación de servicios financieros, o de aumento de la protección a la clientela;

🔹 aumentar la eficiencia de entidades o mercados; y/o

🔹 proporcionar mecanismos para la mejora de la regulación o el mejor ejercicio de la supervisión financiera

 

👉¿Qué procedimiento deberán seguir los promotores de un proyecto para que acceda al sandbox?

 

El proceso previsto por la ley se inicia con la solicitud de acceso al entorno sandbox que deberá de presentar cada promotor ante la sede electrónica de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional según el modelo normalizado que se aprobará al efecto.

La entidad supervisora (ya sea el Banco de España, la CNMV o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) emitirá un informe motivado que califique el proyecto como favorable o desfavorable.

Si la evaluación previa es favorable, los supervisores y el promotor firmarán un protocolo sobre desarrollo de las pruebas, en el que se fijarán:

 

🔹 limitación en cuanto al volumen de usuarios y operaciones, importe de estas y tiempo de realización de las pruebas;

🔹 la forma en la que se llevará a cabo el seguimiento de las pruebas y la información que se deberá trasladar a las autoridades;

🔹 fases del proyecto y los objetivos a alcanzar;

🔹 recursos con los que tendrá que contar el promotor para llevar a cabo las pruebas;

🔹 sistema de garantías e indemnizaciones para cubrir la eventual responsabilidad del promotor; y

🔹 cláusulas de confidencialidad.

 

👉¿Se establece algún régimen de protección y garantías para los participantes en los proyectos del sandbox?

 

Los proyectos piloto y las pruebas propuestas dentro de tales proyectos no se encontrarán sujetas a la legislación específica aplicable a la prestación de servicios financieros, si bien, como ya hemos indicado anteriormente, esto no supone una desregularización, ya que éstos deben cumplir siempre con lo dispuesto en el protocolo y las disposiciones de la Ley Sandbox, así como con las normas de protección del consumidor financiero y de blanqueo de capitales y prevención del terrorismo.

Por ello, se establece un régimen de garantías y protección a la clientela durante la realización de las pruebas que serían especialmente intensas en caso de que en las pruebas participen clientes. En concreto, se prevén las siguientes cautelas:

 

(i)  el promotor debería obtener del participante un documento debidamente firmado en el que manifieste su voluntad de participar en las pruebas y que ha sido debidamente informado sobre su naturaleza, implicaciones, riesgos y responsabilidades;

(ii)  se prevé el derecho de desistimiento de las pruebas del participante en todo momento sin que ello generé un derecho de indemnización al promotor;

(iii)  se regula la responsabilidad única del promotor en caso de daños y perjuicios patrimoniales que se le pueda ocasionar al participante que sean consecuencia directa de la realización de pruebas;

(iv)  el promotor deberá disponer de garantías suficientes para cubrir la responsabilidad por daños y perjuicios;

(v)  el protocolo podrá contener cláusulas de confidencialidad y secreto profesional, así como disposiciones sobre la titularidad de los derechos de propiedad industrial e intelectual;

(vi)  se prevé el seguimiento del supervisor durante todo el ejercicio de pruebas; y

(vii)  se articula la posibilidad de interrupción de las pruebas, entre otros, en caso de mala práctica o incumplimiento de la legislación o del protocolo.

Esta información deberá estar redactada en un lenguaje sencillo, comprensible y que resulte accesible al participante.

 

👉¿Pueden comercializarse los proyectos una vez finalizado el periodo de sandbox?

 

Una vez concluidas las pruebas, se contempla un régimen de salida, que consta de dos escenarios:

 

(i)  En primer lugar, el examen de los resultados que será realizado por el promotor de las pruebas e incluido en una memoria que se enviará a las autoridades que han hecho el seguimiento de las pruebas.

(ii) En segundo lugar, una vez concluido el sandbox, se prevé una pasarela de acceso a la actividad, en la que el promotor podrá solicitar autorización para dar comienzo a la actividad, en caso de que no dispusiese de ella, o para ampliarla. Esta pasarela implica una reducción sustancial de trámites/plazos, ya que el desarrollo de las pruebas sandbox servirá a los efectos de simplificar la legislación existente, eliminar barreras y duplicidades innecesarias, establecer procedimientos más ágiles y minimizar cargar administrativas a las que se encuentran sometidas las entidades financieras, con el objetivo de continuar impulsando un marco regulatorio eficiente para las actividades económicas.

 

📌 A modo de resumen …

 

Las cuestiones fundamentales sobre las que se estructura el sandbox español son:

 

🔹  El sandbox proporciona un banco de pruebas para que las empresas fintech experimenten con nuevos servicios financieros con clientes reales en un ambiente controlado bajo la supervisión del regulador, que pone a España en la cabeza de Europa en transformación digital del sector financiero.

🔹 Podrán acceder al sandbox los proyecto que, a juicio de las autoridades competentes, aporten valor añadido sobre los usos y la técnica existente, y que se encuentren lo suficientemente avanzados como para probarse.

🔹 Los proyectos deberán implicar un avance en, al menos, uno de los siguientes aspectos: (i) simplificación del cumplimiento normativo a través de la mejora o estandarización de procesos o de otros instrumentos; (ii) eventual beneficio para los usuarios de servicios financieros, que impliquen una reducción de costes , mejora de la calidad o condiciones de acceso o un incremento de los niveles de protección de los clientes; (iii) mejora de la eficiencia de las entidades o mercados; y/o (iv) generación de mecanismos que impliquen una mejora de la regulación o supervisión financieras.

🔹 Se establece un régimen de garantías y protección de los participantes, que se resumen en siete cautelas: (i) consentimiento informado y protección de datos personales; (ii) derecho de desistimiento; (iii) responsabilidad exigida al promotor; (iv) garantías que cubran la responsabilidad de dicho promotor; (v) confidencialidad; (vi) seguimiento por parte del supervisor durante todo el proceso; y (vii) posibilidad de interrupción de las pruebas para el caso de que existiese mala praxis o incumplimiento tanto del protocolo como de la legislación aplicable.

🔹  Se prevé un esquema de ley-protocolo, mediante el cual el marco regulatorio aplicable será la propia ley, que regulará el régimen general, y un protocolo de pruebas creado por la autoridad competente y el promotor de cada proyecto, en el cual se regularán los aspectos concretos de cada proyecto de manera específica y detallada de conformidad con el contenido mínimo establecido en la normativa.

🔹 El nuevo marco normativo garantiza a las autoridades financieras la disposición de instrumentos adecuados para cumplir óptimamente con sus funciones en el nuevo contexto digital.

🔹  La pasarela de acceso a la actividad implica una reducción considerable de los trámites legales y reglamentarios para obtener la autorización administrativa pertinente.

 

📌 Conclusiones

 

La implementación del sandbox en España es una gran noticia para el sector financiero y, especialmente, para las startups que operan en el sector fintech, ya que implica la creación de un entorno adecuado y seguro para que las entidades financieras y las Fintech puedan seguir desarrollando mecanismo y procesos innovadores que aumenten la competitividad del sector.

Ante la situación que nos encontramos por causa de la Covid-19, que nos ha hecho reducir al mínimo nuestras interacciones físicas, las fintechs tiene una gran oportunidad para innovar y desarrollar productos que ayuden a mitigar esta situación. Este sistema permitirá acelerar la tecnología aplicable al sector financiero, como, por ejemplo, sistemas de pago transfronterizos basados en la tecnología blockchain, apps para gestionar finanzas, plataformas para la gestión de valores, tokenizaciones de activo, DLT, etc.

El sandbox también se perfila como un fuerte atractivo para empresas de terceros países que pueden ver a España como una alternativa para diferenciarse con productos o servicios basados en la tecnología que aportan valor añadido al consumidor y/o supervisor.

A su vez, dicha innovación tecnológica debe acompasarse con la necesaria seguridad jurídica de forma que se vaya desarrollando de manera ordenada y de forma coherente con los principios y valores que definen el interés general, con supervisión e implicación de las autoridades antes de lanzarse al mercado.

Ahora queda en manos del Ejecutivo la constitución, en el plazo de tres meses, de la Comisión para la coordinación de las actuaciones previstas en la Ley, que se encargará de recibir solicitudes presentadas y deliberar acerca de los proyectos, en la que participarán representantes de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, las autoridades supervisoras y, si así lo propone la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, representantes de otras instituciones del sector, como puede ser el SEPBLAC.

 

Francisco Navalón

Legal intern